lunes, 23 de febrero de 2015

ENTRADA EN VIGOR EN ABRIL DE 2015 DEL CONVENIO EUROPEO SOBRE EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS

Se ha publicado en el BOE de 21 de febrero de 2015 el instrumento de ratificación del Convenio Europeo sobre el Ejercicio de los Derechos de los Niños, hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1996 y que entrará en vigor el 1 de abril de 2015


domingo, 22 de febrero de 2015

EL TEDH CONSIDERA CONTRARIA AL CEDH LA IMPOSIBILIDAD DE VOTAR DE LOS RECLUSOS INGLESES COMO CONSECUENCIA DE SU INGRESO EN PRISIÓN

Interesante comentario y análisis de antecedentes por MIGUEL PRESNO en su blog:
https://presnolinera.wordpress.com/2015/02/16/la-exclusion-antidemocratica-del-derecho-de-voto-de-las-personas-reclusas/
El TEDH en su Sentencia McHugh and Others v. the United Kingdom, de 10 de febrero de 2015, continuando su jurisprudencia condenatoria del Reino Unido por prohibir el voto a los reclusos y dado que no ha sido modificada la normativa inglesa sobre este particular, vuelve a condenar a UK por violación del artículo 3 CEDH.
http://hudoc.echr.coe.int/sites/eng/pages/search.aspx?i=001-151005#{"itemid":["001-151005"]}

El Consejo Constitucional reflexiona (sumariamente) sobre el uso por el Ejecutivo de la autorización del artículo 38 de la Constitución francesa

El Consejo Constitucional en su Décision n° 2015-710 DC du 12 février 2015 reflexiona (sumariamente) sobre el alcance del artículo 38 de la Constitución francesa y la peculiar "delegación legislativa" que contiene. 
http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-710-dc/decision-n-2015-710-dc-du-12-fevrier-2015.143268.html

INTERESANTE ARTÍCULO SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DE UN DERECHO CONSTITUCIONAL EUROPEO POR EL TJUE AL HILO DE LOS CASOS DIGITAL IRELAND Y GOOGLE SPAIN

Oreste Pollicini, en Federalismi núm.3  de 24 de noviembre de 2014 ha publicado un sugestivo artículo titulado "Interpretazione o manipolazione? La Corte di giustizia definisce un nuovo diritto alla privacy digitale", en el que reflexiona sobre el afán del TJUE en construir "una doctrina constitucional a través del método del common law" al hilo de las recientes sentencias sobre protección de datos y el derecho al olvido (casos Digital Ireland y Google Spain). Interesante reflexión sobre el "diálogo entre tribunales" y sus excesos (o defectos).
http://www.federalismi.it/ApplOpenFilePDF.cfm?artid=28017&dpath=document&dfile=25112014121445.pdf&content=Interpretazione+o+manipolazione?+La+Corte+di+giustizia+definisce+un+nuovo+diritto+alla+privacy+digitale+-+stato+-+dottrina+-+

EL TEDH CONSIDERA CONTRARIO AL CEDH EL ACCESO AL ORDENADOR DE UN ABOGADO

El TEDH, en su sentencia Yuditskaya and Others v. Russia de 12 de febrero de 2015 ha considerado que el acceso al ordenador de una abogada, a pesar de contar con autorización judicial, era contrario al CEDH. Considera que la interceptación de las comunicaciones entre letrado y cliente está sujeto a un test estricto y la indeterminación de la autorización judicial y la falta de garantías y precauciones en la inspección constituyen una lesión del CEDH

sábado, 21 de febrero de 2015

LA CORTE SUPREMA DE CANADÁ DECLARA INCONSTITUCIONAL LA PUNICIÓN DEL SUICIDIO ASISTIDO

En la Sentencia Carter v. Canadá, de 6 de febrero de 2015, la Corte Suprema de Canadá declara contraria a la Carta de Derechos la penalización del suicidio asistido en los casos en los que el interesado haya consentido inequívocamente y su salud esté sujeta a un estado y sufrimiento irremediable y especialmente gravoso. 

RED DE REVISTAS EN DERECHO CONSTITUCIONAL

Muy interesante página de la UNAM, su Instituto de Investigaciones Jurídicas y del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional en la que se da cuenta periódicamente de las publicaciones de Derecho Constitucional de todo el mundo y de noticias de actualidad.
http://www.revistasconstitucionales.unam.mx/noticias.htm

La Corte Constitucional de Uganda declara inconstitucional la ley ugandesa anti-homosexualidad

La Corte Constitucional de Uganda en su Sentencia de 1 de agosto de 2014 declara inconstitucional la ley que prohibía y sancionaba la homosexualidad en Uganda. Aunque en buena medida la inconstitucionalidad es declarada por razones formales, no cabe duda del interés de esta Sentencia.
Fuente: Federalismi.
http://www.federalismi.it/ApplOpenFilePDF.cfm?artid=28866&dpath=document&dfile=18022015121621.pdf&content=-,+Sentenza+del+01/08/2014,+on+the+Anti-Homosexuality+Act++-+documentazione+-+documentazione+-+

XIII CONGRESO ANUAL DE LA ACE

Se ha celebrado el XIII Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España en Zaragoza estos pasados 19 y 20 de febrero de 2015 en Zaragoza. En esta ocasión versó sobre "La organización territorial del Estado, hoy". Fueron sus ponentes principales Eliseo Aja y Juan José Solozabal.
 http://www.acoes.es/congresoXIII/

sábado, 7 de febrero de 2015

ANTICIPAR FALLOS DESESTIMATORIOS EN AUTOS DE INADMISIÓN DE RECURSOS DE AMPARO. ATC 300/2014

El TC en este Auto vuelve a inadmitir un amparo al considerar que no se produjo la lesión del derecho fundamental alegada y no por la falta de relevancia constitucional de la demanda. Una vez más se anticipa un fallo desestimatorio en un auto de inadmisión.

ATC 301/2014, A VUELTAS CON LAS CUESTIONES NOTORIAMENTE INFUNDADAS

El TC ha dictado este Auto al que acompaña un Voto Particular donde se pone de manifiesto cómo el TC lleva utilizando esa causa de inadmisibilidad de las cuestiones de inconstitucionalidad como una forma de anticipar un fallo de constitucionalidad de la ley cuestionada en el auto de inadmisión de una cuestión de inconstitucionalidad. La materialización de esa condición formal de admisibilidad de las cuestiones ha venido para quedarse según parece.

SENTENCIA DEL TC DE 6 DE FEBRERO DE 2015 SOBRE LA REDUCCIÓN DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE CASTILLA-LA MANCHA

El TC reitera en esta sentencia sobre la reforma de la ley electoral castellano-manchega la STC 197/2014 dictada sobre la previa reforma de su Estatuto de Autonomía por la que se redujo a 33 los diputados autonómicos que componen su asamblea. De nuevo el TC considera que ni la reforma es arbitraria ni es contraria al sistema proporcional porque el conjunto de elementos del sistema electoral de Castilla-La Mancha, a pesar de esa reducción de escaños, sigue desplegando los efectos propios de esa proporcionalidad, que no es un mandato absoluto sino un principio de optimización.

viernes, 6 de febrero de 2015