viernes, 16 de octubre de 2015

EL TEDH EN EL CASO Karpyuk and Others v. Ukraine CONSIDERA DESPROPORCIONADAS LAS CONDENAS A PRISIÓN PARA LOS MANIFESTANTES EN SUS ENFRENTAMIENTOS CON LA POLICIA

El TEDH en su sentencia de 6 de octubre de 2015, caso Karpyuk and Others v. Ukraine, considera lesivo del derecho de reunión y manifestación la desproporcionada condena a prisión de unos manifestantes a consecuencia de su enfrentamiento con la policia

http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191100-6425359#{"itemid":["003-5191100-6425359"]}

EL TEDH REITERA SU DOCTRINA SOBRE EL "HATE SPEECH" EN los casos Müdür Duman v. Turkey y Belek and Velioğlu v. Turkey Y

El TEDH en el caso Belek y Velioglu c. Turquía, de 6 de octubre de 2015, considera que un artículo periodístico sobre una organización armada no puede considerarse un caso de apología del terrorismo ni una incitación a la lucha armada o al odio.
En el caso Müdür Duman v. Turkey, de la misma fecha, también el TEDH considera vulnerado el artículo 10 del CEDH al haber condenado al Sr. Duman, lider político local, por la supuesta tenencia en sus oficinas de material informativo y de propaganda que fue considerado apologético de la lucha armada y el terrorismo. 

http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191087-6425338#{"itemid":["003-5191087-6425338"]}
http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191081-6425326#{"itemid":["003-5191081-6425326"]}

EL CONSEJO CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONALES LOS PRECEPTOS DE LA LEY DE PRENSA RELATIVOS A LOS DELITOS DE INCITACIÓN AL ODIO RACIAL QUE LIMITAN LA LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA SU PERSECUCIÓN

El Conseil Constitutionnel en su Decisión 2015-492 QPC de 16 de octubre 2015 ha declarado contrario a la Constitución por violación del principio de igualdad limitar la legitimación para perseguir los delitos de prensa de ensalzamiento de los crímenes de guerra o de lesa majestad únicamente a determinado tipo de asociaciones.


http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-492-qpc/decision-n-2015-492-qpc-du-16-octobre-2015.144539.html

EL BVerfG DICTA INTERESANTE SENTENCIA SOBRE EL ALCANCE DE LAS POTESTADES DE IDENTIFICACION DE LA POLICIA DE MANIFESTANTES

El BVerfG en su decisión 1 BvR 2501/13, de 24 de julio de 2015, consideró injustificada la identificación por la policía de los manifestantes que previamente había filmado. Esa identificación sólo está justificada si se acredita un peligro concreto para la integridad y seguridad de los policías.

EL TEDH CONSIDERA QUE LA REPUTACIÓN DE UNA UNIVERSIDAD ESTA TAMBIÉN PROTEGIDA POR EL ART.8 CEDH, PERO DE FORMA MENOS INTENSA QUE SI SE TRATASE DEL HONOR DE UNA PERSONA

El TEDH en el Caso CASE OF KHARLAMOV v. RUSSIA de 8 de octubre de 2015 considera que la reputación de una universidad tiene más límites que los que sufriría una persona. una universidad demandó por difamación a uno de sus profesores por las críticas que éste había dirigido a su dirección. 

http://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-157532#{"itemid":["001-157532"]}

EL TEDH DECLARA LESIONADO EL DERECHO A UNAS ELECCIONES LIBRES EN AZERBAIJAN EN SU SENTENCIA DE 8 DE OCTUBRE DE 2015.

El TEDH en el caso Gahramanli and Others v. Azerbaijan de 8 de octubre de 2015 considera que el Estado no garantiza suficientemente una administración electoral independiente que asegure que las elecciones legislativas están libres de toda sospecha de fraude y manipulación.

http://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-157535#{"itemid":["001-157535"]}

EL TJUE ANULA LA DECISIÓN 200/520/CE. EEUU YA NO ES "PUERTO SEGURO" EN LA TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS

El TJUE en su Sentencia de 6 de octubre de 2015, C 362/14, Schrems c. Comisionado de Protección de Datos, anula la Decisión 200/520/CE sobre transferencia de datos personales a los EEUU. El origen del caso es una cuestión prejudicial planteada en el marco del proceso judicial instado por el Sr. Schrems, ciudadano austriaco, contra la desestimación por el Comisionado para la Protección de Datos de la República irlandesa de su reclamación contra Facebook Irlanda que había transferido sus datos a EEUU y los almacenaba en los servidores situados en ese Estado. El Comisionado consideró infundada la reclamación y esgrimió la Decisión 200/520 que declaraba "puerto seguro" a EEUU. El TJUE considera inválida la Decisión en la medida en que impide a las autoridades nacionales de protección de datos atender y adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar la protección de los datos de los peticionarios cuando son tratados en un Estado considerado "puerto seguro" por la Comisión Europea.

La sentencia:
http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=datos%2Bpersonales&docid=169195&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=385053#ctx1

Le hace un breve comentario Mar Pérez Velasco:
http://blocs.gencat.cat/blocs/AppPHP/eapc-rcdp/2015/10/09/la-sentencia-de-6-d%E2%80%99octubre-del-tjue-invalida-la-decisio-200520ce-sobre-transferencia-de-dades-personals-als-eua-maria-del-mar-perez-velasco/

viernes, 29 de mayo de 2015

LA CORTE CONSTITUCIONAL ITALIANA DECLARA INCONSTITUCIONAL LA ABROGACIÓN DE LA REVISIÓN AUTOMÁTICA DE LAS PENSIONES

La Corte Costituzionale en su Sentencia 70, 2015, de 30 de marzo, 15 de abril, considera contraria a los principios constitucionales de solidaridad e igualdad la ley que excluyó el período 2012 y 2013 de la revisión automática de las pensiones en función de la inflación.
http://www.federalismi.it/nv14/articolo-documento.cfm?Artid=29353
Comentarios a esta Sentencia en el núm. 10 de Federalismi, 20 de mayo de 2015. También el de Gabriele Pepe en Contabilita Pubblica, 16 de mayo de 2015

EL CONSEJO CONSTITUCIONAL FRANCÉS DECLARA CONFORME CON LA CONSTITUCIÓN LA MODALIDAD DE VOTO SECRETO EN LAS REUNIONES DE LAS CONSEJOS LOCALES

El Consejo Constitucional, en su Decisión Nº 2015-471, QPC de 29 de mayo 2015 - asunto Nathalie K.-M. [Actas votación secreta del consejo] ha declarado conforme a la Constitución francesa el artículo 2121,21 del Código General de Autoridades Locales que prevé la modalidad del voto secreto en las reuniones de los consejos locales si así lo pide un tercio de sus miembros. A su juicio de la Constitución no deriva un principio general de ublicidad que proscriba votaciones secretas, ni le es de aplicación a los consejos municipales las normas sobre control de los actos de las autoridades administrativas.
http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-471-qpc/decision-n-2015-471-qpc-du-29-mai-2015.143824.html

jueves, 21 de mayo de 2015

NUEVA SENTENCIA DEL TEDH CONDENATORIA DE ESPAÑA POR NO HABER INVESTIGADO UNA DENUNCIA DE MALOS TRATOS Y TORTURAS

Asunto Arratibel Garciandia contra España, DE 5 DE MAYO DE 2015

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/1292427461777?blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadername2=Grupo&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DSentencia_ARRATIBEL_GARCIANDIA_c__Espa%C3%B1a.pdf&blobheadervalue2=Docs_TEDH
España vuelve a ser condenada por el TEDH al no investigar adecuadamente las denuncias contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por sometimiento a torturas o tratos inhumanos durante las detenciones o los aislamientos.

"El TEDH estima que haber interrogado a los agentes encargados de su custodia durante su detención en régimen de incomunicación, podría haber contribuido al esclarecimiento de los hechos. En consecuencia el TEDH considera que se ha violado el artículo 3 en su aspecto procesal por insuficiente investigación de las denuncias por malos tratos. Por otra parte, el demandante no presentó reclamación de satisfacción equitativa en plazo" (fuente: Ministerio de Justicia)

martes, 19 de mayo de 2015

EL TS ANULA VARIOS INCISOS DE LA LEY DE EXTRANJERÍA Y DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERIOR DE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS

SENTENCIA DE 10 DE FEBRERO DE 2015, DEL PLENO DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE DECLARA INAPLICABLE EL INCISO "Y EXISTAN EN EL CENTRO MÓDULOS QUE GARANTICEN LA UNIDAD E INTIMIDAD FAMILIAR" DEL ARTÍCULO 62 BIS 1.I) DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO; Y SE ANULAN DIVERSOS INCISOS DE LOS ARTÍCULOS 7.3, SEGUNDO PÁRRAFO, 16.2.K), 21.3 Y EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 55 DEL REAL DECRETO 162/2014, DE 14 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERIOR DE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS. (FUENTE: IUSTEL NEWSLETTER)
http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1140764&utm_source=DD&utm_medium=email&nl=1&utm_campaign=19/5/2015
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7327438&links=&optimize=20150317&publicinterface=true

jueves, 30 de abril de 2015

HA FALLECIDO SUSANA HUERTA TOCILDO. CATEDRÁTICA DE DERECHO PENAL

Hoy hemos recibido la tristísima noticia de la pérdida de Susana Huerta. Gran persona, gran mujer, gran jurista, gran penalista... siempre en el recuerdo de tus amigos y de quienes hemos tenido el privilegio de aprender de ti y trabajar contigo.

viernes, 24 de abril de 2015

DE NUEVO LA RESIDENCIA COMO CRITERIO DE DISTINCIÓN TRIBUTARIA STC 60/2015

El TC en su S 60/2015 reitera su doctrina sobre el uso de la residencia como criterio para establecer diferencias tributarias entre comunidades autónomas. "En suma, al carecer de cualquier justificación legitimadora el recurso a la residencia como elemento de diferenciación, no sólo se vulnera el principio de igualdad (art. 14 CE), sino que, como con acierto señala el Fiscal General del Estado, se ha utilizado un criterio de reparto de las cargas públicas carente de una justificación razonable y, por tanto, incompatible con un sistema tributario justo (art. 31.1 CE)" (FJ 5).
Muy interesante en esta Sentencia la limitación temporal de los efectos de la nulidad derivada de su declaración de inconstitucionalidad de la norma impugnada (FJ 6)
http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=21238

EL BVERFG CAMBIA SU DOCTRINA SOBRE EL VELO EN LAS ESCUELAS

El BVerfG en su Sentencia de 27 de enero de 2015, 1 BvR 471/10, 1 BvR 1181/10, declara que lesiona la libertad ideológica y religiosa de los profesores la norma que prohíbe con carácter general el uso de ciertas prendas de vestir con connotaciones religiosas (el velo musulmán en el caso concreto) en los colegios públicos. La decisión ha merecido varios votos particulares.
http://www.bundesverfassungsgericht.de/SharedDocs/Pressemitteilungen/DE/2015/bvg15-014.html

NO VULNERA EL CEDH LA INADMISIÓN DE UN RECURSO ANTE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL

El TEDH, en su Sentencia Veselský v. the Czech Republic, de 23 de abril de 2015, inadmite un recurso al considerar conforme al CEDH la resolución de inadmisión dictada por el Tribunal Constitucional checo por no haber agotado la vía judicial previa.
http://hudoc.echr.coe.int/sites/eng-press/pages/search.aspx?i=003-5070164-6240227#{"itemid":["003-5070164-6240227"]}

EL TJUE CONDENA A ESPAÑA POR VULNERAR LA DIRECTIVA DE RETORNO

El TJUE en su sentencia de 23 de abril de 2015, asunto C-38/14, caso Zaizoune, considera que la previsión de la Ley española de Extranjería que permite sustituir la expulsión del inmigrante ilegal por la imposición de una multa es contraria a la Directiva 2008/115, de 16 de diciembre de 2008. España debe dictar en esos casos una orden de retorno. El TJUE invalida la doctrina del del TS según la cual la orden de retorno es excepcional. 

SENTENCIA DEL CONSEJO CONSTITUCIONAL FRANCÉS SOBRE LA PARIDAD EN LA CONFERENCIA DE PRESIDENTES DE UNIVERSIDAD

Décision n° 2015-465 QPC du 24 avril 2015 - Conférence des présidents d'université [Composition de la formation restreinte du conseil académique]

http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-465-qpc/communique-de-presse.143635.html

NUDISMO, ¿UNA FORMA DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN?

El TEDH, Caso Gough vs. Reino Unido de 28 de octubre de 2014, y la Sala III del TS, Sentencia de 23 de marzo de 2015 (recurso 1882/2013, ponente Cudero Blas), se han pronunciado sobre la práctica del nudismo y su relación con los derechos fundamentales. El TEDH resolvió un caso relativo a la detención y sanción d euna persona que aparecía desnuda en ciertos lugares públicos para, según él, reivindicar lo inofensivo del desnudo. El TEDH considera que el nudismo en cierto contexto y bajo ciertas condiciones podría considerarse un modo de expresión de un pensamiento, opinión o ideología. Pero no en el caso del recurrente. El TS sostiene por su parte en relación con la ordenanza del ayuntamiento de Barcelona sobre convivencia ciudadana que prohibía el nudismo en los espacios públicos, que ir desnudo en un lugar público no es necesariamente expresión de ninguna ideología y por tanto no constituye por sí el ejercicio de ningún derecho fundamental.

miércoles, 15 de abril de 2015

EL TEDH AMPARA EL USO DE CÁMARAS OCULTAS EN REPORTAJES PERIODÍSTICOS

El TEDH en el caso Haldimann y otros vs. Suiza, de 24 de febrero de 2015, ha amparado en el artículo 10 del Convenio el uso de cámaras ocultas para la confección de un reportaje de investigación periodística a la vista del interés y relevancia pública de la información publicada.
http://hudoc.echr.coe.int/sites/fra/pages/search.aspx?i=001-152424
Sobre el uso de cámaras ocultas pueden consultarse los artículos publicados en:
http://www.derecom.com/numeros/portada10.html

EL BVERG REFLEXIONA SOBRE LA PUBLICIDAD COMERCIAL COMO MANIFESTACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El BVerfG en su sentencia de 5 de marzo de 2015, 1 BvR 3362/14, se pronuncia sobre las limitaciones impuestas a un anuncio de un abogado

PUBLICADO SEGUNDO INFORME SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS RECHAZOS EN FRONTERA

El grupo de investigación Iusmigrante, liderado por la Catedrática Margarita Gómez Escamilla, acaba de publicar su segundo informe sobre los denominados "rechazos en frontera".
http://eprints.ucm.es/29379/1/Informe%20rechazo%20en%20frontera.pdf

EL BVERFG CONSIDERA CONTRARIO A LOS DERECHOS DE LA PERSONA MANTENER DESNUDO A UN RECLUSO EN UNA CELDA VIDEOVIGILADA

El BVerfG en su sentencia de 18 de marzo de 2015, 2 BrV 1111/13, considera lesivo de los derechos fundamentales del recluso por desproporcionados mantenerlo desnudo dos días en una celda videovigilada. El BVerfG considera que el desnudamiento como medida de seguridad está sujeto a un escrutinio de su proporcionalidad muy estricto.

martes, 10 de marzo de 2015

EL DERECHO CONSTITUCIONAL DE URGENCIA

La proliferación de blogs jurídicos comienza a resultar extenuante (y entono mi mea culpa por contribuir a esa extenuación). De este fenómeno me interesa el surgir de lo que podemos denominar el Derecho Constitucional de urgencia. Entradas y comentarios temáticos o jurisprudenciales sobre un asunto, breves, concisos, que no pretenden hacer dogmático, sino informar o reflexionar a vuela pluma sobre un asunto de actualidad.
Bien está este Derecho Constitucional de urgencia porque es expresión del músculo constitucional y jurídico de sus autores y de la viveza de la reflexión académica y profesional... Pero creo que no puede confundirse con la investigación seria y rigurosa. No creo correcto citar una entrada de un blog en un trabajo académico, salvo que se contextualice y se explique por qué se acude a ella y se cita. No demos estatuto de ciencia a lo que es una ocurrencia o una opinión, por muy acertada, seria y oportuna que resulte. Y me aplico el cuento.

¿POR QUÉ SE LEE TAN POCO Y TAN MAL?

Algo está pasando con nuestra disciplina porque de unos años para acá, casi coincidiendo con la incorporación de los estándares internacionales de calidad científica en nuestras publicaciones, observo atónito cómo cada día se cita poco y peor. Me explico. Vengo comprobando que la mayoría de los trabajos científicos, libros o revistas, de nuestra disciplina tienden a citar sólo lo que aparece en google, a los autores de la misma cuerda, y nunca títulos de una antigüedad superior a 5 años. ¿En dónde quedó aquello que estudiamos de nuestros mayores de hacer una "revisión de la literatura" sobre un tema antes de escribir sobre él? Esto se ha perdido por completo. Llama poderosamente la atención sobre todo en los constitucionalistas jóvenes (generalizo, que nadie se ofenda). Abordan temas sin repasar la literatura, que limitan a la sobras que conocen y en el idioma que manejan. Casi nadie trabaja con autores alemanes o franceses, no se hacen barridos de bibliografía horizontal (TODO lo publicado en las literaturas jurídicas al uso -italia, alemania, francia, UK, EEUU...) y vertical (TODO lo publicado desde los inicios de la investigación en un tema). Ese despiste bibliográfico explica descubrimientos de mediterráneos y hallazgos de lo ya descubierto hace años. En todo ello creo que tiene buena culpa el sistema de acreditación. Vaya dicho por delante que soy de los que lo defienden (única manera de romper con las "capillas"). Pero ha provocado que nuestros jóvenes constitucionalistas estén más preocupados en cumplir con la tábula de la ANECA, lo que siempre les lleva atrabajar con prisa (y sin pausa), que no en atender el consejo que siempre me daba Ignacio de Otto antes de empezar a estudiar un tema: leerlo todo, hasta lo que no te gusta o no entiendes.

domingo, 8 de marzo de 2015

INCONSTITUCIONALIDAD PARCIAL DE LA LEY CATALANA DE CONSULTAS REFERENDARIAS

El TC en una reciente sentencia de 25 de febrero de 2015 declara inconstitucuional la Ley del Parlamento de Cataluña 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana ley catalana de consultas no referendarias.

sábado, 7 de marzo de 2015

¿SE PUEDE AGOTAR EL EJERCICIO DE UN DERECHO FUNDAMENTAL?

El TC en su sentencia de 2 de marzo de 2015 declara contrario al derecho de reunión y manifetscaión la denegación del permiso para la sucesiva realización de concentraciones de protesta al considerar que con la primera ya se había agotado la finalidad del ejercicio del derecho de reunión y manifestación de los comunicantes al trasladar suficientemente sus ideas.

EL TC DECLARA INCONSTITUCIONALES LAS COMPETENCIAS DEL SINDIC DE GREUGES SOBRE ADMINISTRACIÓN LOCAL QUE EXCEDAN DE LAS MATERIAS COMPETENCIALES AUTONÓMICAS

El Pleno del TC en su sentencia de 6 de marzo de 2015 resolviendo el recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo contra los artículos arts.1.b), 68.1 y 2, 69.2, 71 d), 72.2, 74, 75,  77.5 c), y los incisos “Autoridad Catalana”, que rubrica el Capítulo I del Título VIII, “como  Autoridad Catalana” de los arts. 69.1, 71, 72.1, 73, 76.1, 77.1 y “en su condición de Autoridad  Catalana” del art. 70 de la Ley del Parlamento de Cataluña 24/2009, de 23  diciembre, del Síndic de Greuges; mientras que realiza una interpretación conforme de otros tantos preceptos.La Sentencia considera que el Sindic sólo puede extender sus competencias a la administración local sólo en el ámbito competencial de la CCAA; también se pronuncia sobre las condicione en la que el Sindic puede conveniar con el Defensor del Pueblo y su condición de "autoridad" a los efectos de la Convención para la prevención de la tortura.

lunes, 23 de febrero de 2015

ENTRADA EN VIGOR EN ABRIL DE 2015 DEL CONVENIO EUROPEO SOBRE EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS

Se ha publicado en el BOE de 21 de febrero de 2015 el instrumento de ratificación del Convenio Europeo sobre el Ejercicio de los Derechos de los Niños, hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1996 y que entrará en vigor el 1 de abril de 2015


domingo, 22 de febrero de 2015

EL TEDH CONSIDERA CONTRARIA AL CEDH LA IMPOSIBILIDAD DE VOTAR DE LOS RECLUSOS INGLESES COMO CONSECUENCIA DE SU INGRESO EN PRISIÓN

Interesante comentario y análisis de antecedentes por MIGUEL PRESNO en su blog:
https://presnolinera.wordpress.com/2015/02/16/la-exclusion-antidemocratica-del-derecho-de-voto-de-las-personas-reclusas/
El TEDH en su Sentencia McHugh and Others v. the United Kingdom, de 10 de febrero de 2015, continuando su jurisprudencia condenatoria del Reino Unido por prohibir el voto a los reclusos y dado que no ha sido modificada la normativa inglesa sobre este particular, vuelve a condenar a UK por violación del artículo 3 CEDH.
http://hudoc.echr.coe.int/sites/eng/pages/search.aspx?i=001-151005#{"itemid":["001-151005"]}

El Consejo Constitucional reflexiona (sumariamente) sobre el uso por el Ejecutivo de la autorización del artículo 38 de la Constitución francesa

El Consejo Constitucional en su Décision n° 2015-710 DC du 12 février 2015 reflexiona (sumariamente) sobre el alcance del artículo 38 de la Constitución francesa y la peculiar "delegación legislativa" que contiene. 
http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-710-dc/decision-n-2015-710-dc-du-12-fevrier-2015.143268.html

INTERESANTE ARTÍCULO SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DE UN DERECHO CONSTITUCIONAL EUROPEO POR EL TJUE AL HILO DE LOS CASOS DIGITAL IRELAND Y GOOGLE SPAIN

Oreste Pollicini, en Federalismi núm.3  de 24 de noviembre de 2014 ha publicado un sugestivo artículo titulado "Interpretazione o manipolazione? La Corte di giustizia definisce un nuovo diritto alla privacy digitale", en el que reflexiona sobre el afán del TJUE en construir "una doctrina constitucional a través del método del common law" al hilo de las recientes sentencias sobre protección de datos y el derecho al olvido (casos Digital Ireland y Google Spain). Interesante reflexión sobre el "diálogo entre tribunales" y sus excesos (o defectos).
http://www.federalismi.it/ApplOpenFilePDF.cfm?artid=28017&dpath=document&dfile=25112014121445.pdf&content=Interpretazione+o+manipolazione?+La+Corte+di+giustizia+definisce+un+nuovo+diritto+alla+privacy+digitale+-+stato+-+dottrina+-+

EL TEDH CONSIDERA CONTRARIO AL CEDH EL ACCESO AL ORDENADOR DE UN ABOGADO

El TEDH, en su sentencia Yuditskaya and Others v. Russia de 12 de febrero de 2015 ha considerado que el acceso al ordenador de una abogada, a pesar de contar con autorización judicial, era contrario al CEDH. Considera que la interceptación de las comunicaciones entre letrado y cliente está sujeto a un test estricto y la indeterminación de la autorización judicial y la falta de garantías y precauciones en la inspección constituyen una lesión del CEDH

sábado, 21 de febrero de 2015

LA CORTE SUPREMA DE CANADÁ DECLARA INCONSTITUCIONAL LA PUNICIÓN DEL SUICIDIO ASISTIDO

En la Sentencia Carter v. Canadá, de 6 de febrero de 2015, la Corte Suprema de Canadá declara contraria a la Carta de Derechos la penalización del suicidio asistido en los casos en los que el interesado haya consentido inequívocamente y su salud esté sujeta a un estado y sufrimiento irremediable y especialmente gravoso. 

RED DE REVISTAS EN DERECHO CONSTITUCIONAL

Muy interesante página de la UNAM, su Instituto de Investigaciones Jurídicas y del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional en la que se da cuenta periódicamente de las publicaciones de Derecho Constitucional de todo el mundo y de noticias de actualidad.
http://www.revistasconstitucionales.unam.mx/noticias.htm

La Corte Constitucional de Uganda declara inconstitucional la ley ugandesa anti-homosexualidad

La Corte Constitucional de Uganda en su Sentencia de 1 de agosto de 2014 declara inconstitucional la ley que prohibía y sancionaba la homosexualidad en Uganda. Aunque en buena medida la inconstitucionalidad es declarada por razones formales, no cabe duda del interés de esta Sentencia.
Fuente: Federalismi.
http://www.federalismi.it/ApplOpenFilePDF.cfm?artid=28866&dpath=document&dfile=18022015121621.pdf&content=-,+Sentenza+del+01/08/2014,+on+the+Anti-Homosexuality+Act++-+documentazione+-+documentazione+-+

XIII CONGRESO ANUAL DE LA ACE

Se ha celebrado el XIII Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España en Zaragoza estos pasados 19 y 20 de febrero de 2015 en Zaragoza. En esta ocasión versó sobre "La organización territorial del Estado, hoy". Fueron sus ponentes principales Eliseo Aja y Juan José Solozabal.
 http://www.acoes.es/congresoXIII/

sábado, 7 de febrero de 2015

ANTICIPAR FALLOS DESESTIMATORIOS EN AUTOS DE INADMISIÓN DE RECURSOS DE AMPARO. ATC 300/2014

El TC en este Auto vuelve a inadmitir un amparo al considerar que no se produjo la lesión del derecho fundamental alegada y no por la falta de relevancia constitucional de la demanda. Una vez más se anticipa un fallo desestimatorio en un auto de inadmisión.

ATC 301/2014, A VUELTAS CON LAS CUESTIONES NOTORIAMENTE INFUNDADAS

El TC ha dictado este Auto al que acompaña un Voto Particular donde se pone de manifiesto cómo el TC lleva utilizando esa causa de inadmisibilidad de las cuestiones de inconstitucionalidad como una forma de anticipar un fallo de constitucionalidad de la ley cuestionada en el auto de inadmisión de una cuestión de inconstitucionalidad. La materialización de esa condición formal de admisibilidad de las cuestiones ha venido para quedarse según parece.

SENTENCIA DEL TC DE 6 DE FEBRERO DE 2015 SOBRE LA REDUCCIÓN DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE CASTILLA-LA MANCHA

El TC reitera en esta sentencia sobre la reforma de la ley electoral castellano-manchega la STC 197/2014 dictada sobre la previa reforma de su Estatuto de Autonomía por la que se redujo a 33 los diputados autonómicos que componen su asamblea. De nuevo el TC considera que ni la reforma es arbitraria ni es contraria al sistema proporcional porque el conjunto de elementos del sistema electoral de Castilla-La Mancha, a pesar de esa reducción de escaños, sigue desplegando los efectos propios de esa proporcionalidad, que no es un mandato absoluto sino un principio de optimización.

viernes, 6 de febrero de 2015