viernes, 16 de octubre de 2015

EL TEDH EN EL CASO Karpyuk and Others v. Ukraine CONSIDERA DESPROPORCIONADAS LAS CONDENAS A PRISIÓN PARA LOS MANIFESTANTES EN SUS ENFRENTAMIENTOS CON LA POLICIA

El TEDH en su sentencia de 6 de octubre de 2015, caso Karpyuk and Others v. Ukraine, considera lesivo del derecho de reunión y manifestación la desproporcionada condena a prisión de unos manifestantes a consecuencia de su enfrentamiento con la policia

http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191100-6425359#{"itemid":["003-5191100-6425359"]}

EL TEDH REITERA SU DOCTRINA SOBRE EL "HATE SPEECH" EN los casos Müdür Duman v. Turkey y Belek and Velioğlu v. Turkey Y

El TEDH en el caso Belek y Velioglu c. Turquía, de 6 de octubre de 2015, considera que un artículo periodístico sobre una organización armada no puede considerarse un caso de apología del terrorismo ni una incitación a la lucha armada o al odio.
En el caso Müdür Duman v. Turkey, de la misma fecha, también el TEDH considera vulnerado el artículo 10 del CEDH al haber condenado al Sr. Duman, lider político local, por la supuesta tenencia en sus oficinas de material informativo y de propaganda que fue considerado apologético de la lucha armada y el terrorismo. 

http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191087-6425338#{"itemid":["003-5191087-6425338"]}
http://hudoc.echr.coe.int/eng-press?i=003-5191081-6425326#{"itemid":["003-5191081-6425326"]}

EL CONSEJO CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONALES LOS PRECEPTOS DE LA LEY DE PRENSA RELATIVOS A LOS DELITOS DE INCITACIÓN AL ODIO RACIAL QUE LIMITAN LA LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA SU PERSECUCIÓN

El Conseil Constitutionnel en su Decisión 2015-492 QPC de 16 de octubre 2015 ha declarado contrario a la Constitución por violación del principio de igualdad limitar la legitimación para perseguir los delitos de prensa de ensalzamiento de los crímenes de guerra o de lesa majestad únicamente a determinado tipo de asociaciones.


http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2015/2015-492-qpc/decision-n-2015-492-qpc-du-16-octobre-2015.144539.html

EL BVerfG DICTA INTERESANTE SENTENCIA SOBRE EL ALCANCE DE LAS POTESTADES DE IDENTIFICACION DE LA POLICIA DE MANIFESTANTES

El BVerfG en su decisión 1 BvR 2501/13, de 24 de julio de 2015, consideró injustificada la identificación por la policía de los manifestantes que previamente había filmado. Esa identificación sólo está justificada si se acredita un peligro concreto para la integridad y seguridad de los policías.

EL TEDH CONSIDERA QUE LA REPUTACIÓN DE UNA UNIVERSIDAD ESTA TAMBIÉN PROTEGIDA POR EL ART.8 CEDH, PERO DE FORMA MENOS INTENSA QUE SI SE TRATASE DEL HONOR DE UNA PERSONA

El TEDH en el Caso CASE OF KHARLAMOV v. RUSSIA de 8 de octubre de 2015 considera que la reputación de una universidad tiene más límites que los que sufriría una persona. una universidad demandó por difamación a uno de sus profesores por las críticas que éste había dirigido a su dirección. 

http://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-157532#{"itemid":["001-157532"]}

EL TEDH DECLARA LESIONADO EL DERECHO A UNAS ELECCIONES LIBRES EN AZERBAIJAN EN SU SENTENCIA DE 8 DE OCTUBRE DE 2015.

El TEDH en el caso Gahramanli and Others v. Azerbaijan de 8 de octubre de 2015 considera que el Estado no garantiza suficientemente una administración electoral independiente que asegure que las elecciones legislativas están libres de toda sospecha de fraude y manipulación.

http://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-157535#{"itemid":["001-157535"]}

EL TJUE ANULA LA DECISIÓN 200/520/CE. EEUU YA NO ES "PUERTO SEGURO" EN LA TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS

El TJUE en su Sentencia de 6 de octubre de 2015, C 362/14, Schrems c. Comisionado de Protección de Datos, anula la Decisión 200/520/CE sobre transferencia de datos personales a los EEUU. El origen del caso es una cuestión prejudicial planteada en el marco del proceso judicial instado por el Sr. Schrems, ciudadano austriaco, contra la desestimación por el Comisionado para la Protección de Datos de la República irlandesa de su reclamación contra Facebook Irlanda que había transferido sus datos a EEUU y los almacenaba en los servidores situados en ese Estado. El Comisionado consideró infundada la reclamación y esgrimió la Decisión 200/520 que declaraba "puerto seguro" a EEUU. El TJUE considera inválida la Decisión en la medida en que impide a las autoridades nacionales de protección de datos atender y adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar la protección de los datos de los peticionarios cuando son tratados en un Estado considerado "puerto seguro" por la Comisión Europea.

La sentencia:
http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=datos%2Bpersonales&docid=169195&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=385053#ctx1

Le hace un breve comentario Mar Pérez Velasco:
http://blocs.gencat.cat/blocs/AppPHP/eapc-rcdp/2015/10/09/la-sentencia-de-6-d%E2%80%99octubre-del-tjue-invalida-la-decisio-200520ce-sobre-transferencia-de-dades-personals-als-eua-maria-del-mar-perez-velasco/