jueves, 28 de diciembre de 2017

EL TC Y EL TRANSFUGUISMO. UNA SENTENCIA CON NULIDAD DIFERIDA

El TC ha dictado el 21 de diciembre de 2017 una sentencia estimatoria de una cuestión de inconstitucionalidad formulada en relación con lo dispuesto en el artículo 197.1 a) LOREG en relación con el calculo del quórum del pleno en el caso de que deba votarse una moción de censura cuando existan tránsfugas. A juicio del TC esa regla limita el ius ad oficcium del concejal tránsfuga. Un aspecto interesante es que el TC acuerda una inconstitucionalidad con nulidad diferida.

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