viernes, 19 de febrero de 2016

LA PROHIBICIÓN BAJO SANCIÓN DE MULTA DE MANTENER RELACIONES SEXUALES CON ANIMALES NO CONSTITUYE UN LÍMITE INCONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN SEXUAL DE LA PERSONA

El BVerfG en una decisión de su Sala Primera de 8 de diciembre de 2015 considera que la prohibición de relaciones sexuales con animales prevista en la ley de protección de animales no vulnera el derecho fundamental a la autodeterminación personal en su manifestación de libertad sexual. El BVerfG considera que el interés general o la protección de los derechos de terceros, en este caso de los animales, respecto de los que el Poder público pesa un deber de protección, justifica limitaciones a la libertad sexual de las personas.

  http://www.bundesverfassungsgericht.de/SharedDocs/Pressemitteilungen/DE/2016/bvg16-011.html

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