lunes, 20 de febrero de 2017

¿CUESTIONA EL BVERFG NUESTRO PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO? ¿EL BVERFG APLICA A SU MANERA LA DOCTRINA DEL TC SOBRE LA EXTRATERRITORIALIDAD DEL ESTÁNDAR DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTICA QUE EL TC ESPAÑOL TUVO QUE ABANDONAR POR CAUSA DEL ASUNTO MELLONI?

El Senado II del BVerfG ha estimado el amparo interpuesto por un ciudadano alemán por vulneración de sus garantías procesales (artículo 19.4 LFB, derecho a un remedio efectivo en Derecho) en relación con la sentencia dictada por un juez penal español en un procedimiento abreviado en su sentencia de 23 de enero de 2017. El recurso se dirigía contra la inscripción en el registro federal central de una condena a un año de libertad condicional que le había sido impuesta por un juzgado español en un procedimiento abreviado. El demandante supo de esa inscripción al solicitar un certificado de penales, y la impugnó arguyendo graves deficiencias en el proceso penal español en el que había sido condenado. El BVerfG considera que el juez alemán de instancia tenía que haber examinado con detenimiento la queja del recurrente, ya que estaba razonablemente fundada, lo que no hizo, y haber revisado le cumplimiento por la sentencia del juez español del estándar mínimo de protección y tutela judicial así como el derecho a discutir y a probar en contra de las pruebas de cargo que asistía al recurrente.

Parece que el BVerfG hace suya la doctrina que el TC mantuvo sobre el efecto extraterritorial de la tutela judicial efectiva hasta el caso melloni.



http://www.bundesverfassungsgericht.de/SharedDocs/Pressemitteilungen/DE/2017/bvg17-011.html

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