sábado, 7 de marzo de 2015

¿SE PUEDE AGOTAR EL EJERCICIO DE UN DERECHO FUNDAMENTAL?

El TC en su sentencia de 2 de marzo de 2015 declara contrario al derecho de reunión y manifetscaión la denegación del permiso para la sucesiva realización de concentraciones de protesta al considerar que con la primera ya se había agotado la finalidad del ejercicio del derecho de reunión y manifestación de los comunicantes al trasladar suficientemente sus ideas.

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